ARCO DE LA ESTRELLA SIGLOS XV-VVIII (VIII)
HISTORIAS DE LA VILLA DE CÁCERES
PUERTA NUEVA
ARCO DE LA ESTRELLA
SIGLOS XV-XVIII (VIII)
Año de 1726
Crónica desde la calle Cuba de mi llopis Ivorra
A don Pedro Ramos, escribano del rey, en la villa de Cacerense, dejábamos en la anterior entrega, enviado testimonio y certificaciones, a Madrid, acordado por el Concejo de Cáceres, justificando el interés público de la remodelación de la puerta Nueva, hueco abierto en la Muralla en el siglo XV, para dar mejor servicio al comercio, y facilitar así la entrada a carros y coches que entraban en la villa amurallada, su ilustrísima el obispo de Coria don Sancho de Velunza y Corcuera. El cual, para contradecir el contenido de estos documentos, con fecha veintidós de octubre de mil setecientos y veinte y dos, Ignacio González Blanco, en nombre del fiscal eclesiástico, expidió certificado a S.M. por medio de su Real Consejo:

Ignacio González Blanco, en nombre del Fiscal General Eclesiástico del Obispado de Coria, en aquella mejor forma en que haya lugar en derecho ante V.A. compadezco y digo : Que la villa de Cáceres, una de las de aquella diocesis y donde tiene su Reverendo Obispo Palacio Episcopal, y en él, su continua residencia, está guarnecida de murallas sin ningún portillo, n i quiebra, y en una de sus puertas principales inmediata a dicho palacio, había un nicho y en el colocado una imagen, u su advocación era Nuestra Señora de la Estrella, que se puso en orden de dicho reverendo obispo concediendo cuarenta días de indulgencias a los que rezasen una Salve delante de dicha imagen, a fin de excitar la devoción de los fieles, lo que habiéndose extendido notablemente y para perpetuarla y afianzarla, dispuso el propio sr Obispo don Sancho y a sus propias expensas, que se esculpiese en piedra fina, blanca, imagen de Nuestra Señora de la Estrella, estando la pintura muy deteriorada por la injuria de los tiempos, acabada la imagen nueva, y puesta en perfección se condujo desde la ciudad de Badajoz, donde se fabricó, a la dicha villa cacerense, siendo 29 de Junio de 1726, y reconocido el nicho en el que se habría de colocar, fue necesario levantarlo como media vara, para coloca n el la imagen nueva, la que con peana tiene una altura de dos varas y media (2,90 cm) , y siendo el día uno de Julio, con consentimiento de don Antonio de Olmedilla, Corregidor de esta villa, se dio principio a la obra de elevar como media vara el hueco en el nicho, estando en su ejecución se mandó parar, por el propio Corregidor, y Regidores al Maestro y oficiales que trabajaban de cuenta y a costa de su ilustrísima don Sancho, si no cesaban las obras les impondrían penas de cien ducados y apercibiéndoles con ponerlos en la cárcel si proseguían, lo que se hizo el día tres, alegando el Corregidor y Regidores, en que habían concedido licencia al Conde de la Enjarada, y … Sigue el escrito manifestando lo ya conocido y diciendo lo del arco para favorecer a don Bernardino de Carvajal. A estas alegaciones, vuelven otras en parecidos términos por parte del Concejo Cacereño y en su representación el letrado don Fernando de Solís, cada parte defiendo lo suyo, unos los del concejo cacereño el interés público, el obispo su cabezonería.

A la vista de la última instancia presentada y admitida por el corregidor, dicto auto, nombrando peritos que reconocieran las obras, siendo designados para el asunto, el profesor de arquitectura don Manuel de Larra y Churriguera, vecino de Madrid, y los maestros alarifes Juan del Valle y Francisco Encinales, vecinos de Cáceres, quienes aceptaron y juraron el cargo, comprometiéndose a visitar las obras, a declarar y decir en su vista lo que hallaren y entendieren, sin fraude y sin encubrimiento ninguno, firmaron con la declaración de ser de edad,, el Sr. Churriguera mayor de treinta y seis años, y los dos mayores de cuarenta. Una vez cumplimentada la comisión que les había encomendado el escribano don Antonio de Olmedilla, dio fe con el siguiente documento:
DECLARAN LOS MAESTROS:
En la villa de Cáceres, en veinte y cinco días del mes de octubre de mil setecientos veinte y seis años, ante el don Antonio Olmedilla, Corregidor y Superintendentes de Rentas Reales de esta villa y partido por su Majestad y por ante mí el Escribano, comparecieron don Manuel de Larra y Churriguera profesor en artes de Arquitectura, residente en esta villa, Juan del Valle y Francisco Encinales, Maestros de obras Alarifes en esta villa y vecinos de ella, dijeron que en cumplimiento de su obligación y para el efecto de hacer esta declaración para la que han sido nombrados, que han visto y reconocido la obra de la Puerta Nueva que se esta fabricando en la muralla de esta villa, dando vistas a la plaza pública, y de cuya fabrica tienen entero conocimiento, y también se reconoce y lo puede hacer otro cualquier otro de la profesión, por ir demostrado ya la fabrica en lo operado,, además el mencionado Manuel de Larra Churriguera, es Maestro con el que esta tratada y ajustada la obra, hecho planta y manifestación de su fábrica d que están entendidos los tres, y conforme a su profesión con dicha nueva vista para este efecto, se hallan de un parecer acuerdo y sentir, por lo que habiendo hecho esta expresión a su señoría, les admite su declaración, juntos, habiendo sido antes separadamente expresado su sentir, en cuya atención de nuevo aceptan el cargo para lo que son nombrados y lo juran, y declaran:
- Al primero, dicen que el dicho arco y portada ha de quedar con la altura idéntica a la que tenía el que en él había, y sobre el cual se ha de formar un nicho, que también lo tenía el antiguo, y colocar en él la imagen del mismo titulo que tenia y sobre el arco con vistas a la plaza pública, las armas reales, y los de esta la muy noble villa de Cáceres, sin modificar en la altura, pero todo con la mayor y mejor hermosura, responden:
- Al segundo que como se lleva expresado, el dicho arco por la forma que lleva y ha de tener además fabrica hermosa, vistosa y de grande adorno, se consigue el paso y comercio de la calle para coches y carros, a los que se les impide el paso por la formación del arco, que anteriormente había en la esquina de la Casa Episcopal, que esta corresponde frente a la puerta y arco que se fabrica, y la otra esquina que forma parte del jardín del palacio que está enfrente de la torre de las casas principales del conde de la Enjarada, no pudiendo este tener uso de coches, por el método y fabrica del arco y portada antigua, aunque si del de carros, carretas y calesas, si bien estos podrán con la nueva fábrica, mayor facilidad para circular.
- Al tercer, que es constante la utilidad publica que se sigue a este pueblo y habitadores en la fábrica de portada y arco, no tan solo en comercio y uso de coches, y mayor facilidad a carros y carretas y calesas, si no en adorno de la villa, por ser una obra suntuosa de hermosura, tanto por la fábrica como por los materiales de piedra y la labores en ellas, como por la parte que ocupa, de tal forma que será deleitable a la vista por los miembros de arquitectura, incluso, pues serán muy pocos los arcos y portadas a el semejantes, siguiéndose la colocación de la imagen de escultura que se está fabricando y se ha de colocar en el suntuoso nicho, que sobre el arco se ha de formar y donde estaba el antiguo, que es consiente que tras lo expresado, causa gran devoción a los fieles.
- Al cuarto dicen, lo que en el anteceden y con la circunstancia de remitirse a la planta modelo de dicha fabrica, la que han visto para este efecto respecto a no estar finalizada la obra, si bien la llevan expresadas en el primer capítulo, con todas las circunstancias que ha de tener y ocupar.
- Al quinto que, al palacio Episcopal, así por su posición de cuadro y la isla en que está formado, como por lindar por todas partes con calles y paso común y que media entre la obra que se fabrica, la calle que se quiere hacer practicable, para el paso de coches , carros y demás, no se le hace perjuicio alguno, y así lo entienden , saben y afirman, por su arte y profesión y si conforme a el hallan, que adornaran y dará hermosura la fábrica de dicho palacio haciéndola mas vistosa. Todo lo dicen y declaran según su arte en entender y saber, sin pasión ni fraude, porque quieren les ayude dios, y si no se lo demande por el juramento que tiene hecho, en que se afirman, ratifican y firman del todo lo cual, yo, el escribano doy fe, don Antonio Olmedilla, rubricado don Maule de Larra y Churriguera, rubricado, Juan García del Valle, rubricado, Francisco Encinales, rubricado, Ante mi Pedro Ramos, rubricado.
Vemos, como siguen presentando instancias y testimonios, por parte de la villa los unos y su ilustrísima por otro. Ya han pedido su opinión a especialistas, a ver por donde el cerril Obispo don Sancho y consejeros salen,
(fuentes Gervasio Velo-Arco de la Estrella)


Agustin Díaz
