BREVE HISTORIA DE CÁCERES-GANADOS III

08.02.2022 11:40

   BREVE HISTORIA DE CÁCERES

                LV

Ganados (III)

Crónica desde la calle Cuba de mi Llopis Ivorra

Veíamos en el capítulo anterior que:

Todas las cabañas de la tierra estaban regidas por una especie de Concejo de los ganados, cuya autoridad máxima residía en el juez de los Caballeros, formándose una junta compuesta por varios Alcaldes, y por un número que variaba de jurados que eran los que ejercían la autoridad directa e inmediata de todas las cuestiones que afectaban a la cabaña.

Pero, aun perteneciendo a la misma cabaña los aparceros gozan de una cierta autonomía para el gobierno y administración de sus rebaños, así las cosas cada señor se entiende directamente con sus pastores y distribuye los rebaños en la forma que le parece más conveniente para sus intereses, el pastor recibe varios nombres, variando según la clase de ganados que están a su cuidado, y el Fueros los nombra: al oveierizo, al vaquerizo, al cabrerizo, y teniendo en cuenta la modalidad de su trabajo, eran nombrados como solariegos si pastoreaban a sueldo de un señor perteneciendo a su casa, y cuarteros si tenían una parte del ganado, el contrato del pastorazgo tenía un periodo de San Juan a San Juan, durante este plazo el pastor no podía abandonar el rebaño ni despedirse sin causa justificada, debiendo en su casa el notificar al dueño la despedida ante dos jurados del ganado o tres vecinos, y en poblado.

Variable era la soldada del pastor, según el ganado encomendado a su custodia, por regla general cobraban del producto y al diezmo, es decir un pastor de ovejas, tomaba el diezmo de los corderos nacidos durante su pastorazgo, un queso de cada diez y el diezmo de la lana de las ovejas que quedaban horas “uazias”. El señor no podía retener la soldada a su pastor, a no ser que tuviera querella contra él a causa de alguna culpa cometida, en este caso si el señor antes del año no recibe satisfacción en Derecho, o el pastor no le reclama la soldada, no tenía la obligación de responder a su pastor, salvo si hubiera tenido que salir por enemigo o caído en cautiverio, así mismo el pastor, y dentro del año ha de responder a la querella que contra el tuviese su señor, y si es fugitivo, responderá en todo su tiempo.

Por las circunstancias que la creación de la ganadería cacerense, impusieron la necesidad de dar a su defensa un carácter acentuadamente militar, aunque era cierto que el peligro de las algaradas y razias árabes, estaba ya bastante lejos cuando se redactó el Fuero de los Ganados, más, él peligro no se habia exterminado por completo, y siempre cabía una invasión por parte de los musulmanes andaluces, o lo que era aun mas temido, una nueva invasión de los moros africanos, pero aparte de este peligro, existía el inmediato de la misma tierra, ya que esta no se hallaba aun libre de partidas musulmanas, el bandidaje de los golfines o robadores de ganados se encontraba en plena actividad, las sierra de las Villuercas era guarida de ladrones desalmados de todas las razas y de toda las procedencias, por el Oeste, acechaban el termino cacerense, poderosas ambiciones, esto hacía que fuera necesario tomar medidas de protección contra todos de estos peligros, y asegurar la paz en la ganadería que recién comenzaba su andadura, resultando que no se podía garantizar la seguridad sino era bajo la protección de una fuerza armada que garantizarse su integridad, y fue para ello la creación de la Rafala o Caballería de los Ganados.

Más fue grande y de mucha importancia la que enseguida consiguió la cabaña cacerense, casi todo el ganado se exportaba para su venta fuera del término, gran parte de esta, era adquirida por los trashumante, a los que venir a través de las sierras del Norte, se les llamó “serranos” yendo a engrosar las cabañas de la Meseta, especialmente la leonesa y la segoviana, donde se formó la raza merina castellana, esta se extendió por la parte Sur de Zamora y Palencia, Norte de Salamanca, Ávila, Segovia y Valladolid, pasando más tarde a la provincia de Soria, Logroño y Burgos, con el tiempo se produjo allí, una raza de gran rusticidad, a causa de los extremado del clima de estas provincias y lo precario de la alimentación.

La vaca no se exportó, la cabaña de vacas apenas daba para las necesidades de la tierra, pero si se vendía y en cantidad el ganado esquino, y el mular, que aun no siendo abundante era muy estimado por los labradores castellanos, dadas sus condiciones de sobriedad y resistencia.

La leche, la nombra el Fuero como producto derivado de la ganadería, que se consumía en fresco o como fabricación de quesos, la quesera era ocupación de los pastores, estos no podían despedirse en la época de elaboración; se fabricaban quesos de cabras y de oveja, estos excelente calidad, se podían exportar quesos sin más restricción de no llevarlos a tierras de moros, la manteca tambien viene citada en el fuero, con los impuestos que debían de pagar los recueros que la traían al mercado, esto hacer suponer que era importada, la manteca esta tambien prohibida llevarla a tierras de moros.

Se hacia el aprovechamiento de la lana, una parte por ruecas y telares de la Villa, más en su mayor parte era exportada hacia el Norte, es fácil que las manufacturas de mucha fama, como la de Torrejoncillo y Béjar, sus orígenes fueran merced a la lana cacerense, gran fama tenía de siempre los esquiladores de Cáceres, de gran habilidad, limpieza e integridad con que sacaban los vellocinos. El esquileo se hacia pasado el mes de abril, y los hombres especializados en este mester “desquiladores” cobraban un vellón por cada cuarenta de las ovejas, y otro por cada veinte de los corderos.

El Fuero denomina a todas las aves de corral como domada, la gallina, la paloma de palombar y los ansares o ansaras, denominación que por lo que parece se comprendían los patos y gansos.

La Caza, la Pesca, la Colmena.

La caza en el terreno bravío, cubierto de monte y de maleza del territorio cacerense, eran de gran abundancia, y más teniendo en cuenta que por aquellos años no era perseguida, ni como necesidad ni como deporte, así el Fuero señala como caza, la captura de animales terrestres, que viven en estado salvaje, para el aprovechamiento de sus carnes y pieles, entre la caza distingue dos modalidades, a saber la caza menor, que es la que se llama caza en la Edad Media, de pequeños animales como el conejo, la perdiz, la liebre, y la caza mayor o montería, una modalidad de la caza menor es la cetrería o caza de volatería, por medio de aves rapaces, adiestradas para ello.

La caza al salto se hacía mediante perros, siendo estos rastreadores o de muestra “caravo” o perro pequeño capaz de entrar por las grietas o madrigueras, para echar fuera la caza, el podenco, de gran olfato y  resistencia, y el galgo, especialmente dedicado a la caza de la liebre a la carrera, estas dos últimas razas eran las más apreciadas, penándose con dos maravedis al que los matase, y con uno al que matase al cárabo o can-rostro, a no ser que se le diese muerte en defensa y siempre de frente ellos , el que perniquebrase un galgo, estaba obligado a pagarlo como si lo matara.

Si algún cazador mataba un venado que fuera perseguido por un perro propiedad de otro, podía tomar un cuarto de la carne de la res, correspondiendo el resto al dueño del perro, los venados tambien se cazaban con trampa “madero”, y solamente el dueño de esta tenía derecho a la pieza, debiendo pagar el doble de su valor el que sacare un venado de madero ajeno.

La pesca no debía se tener mucha actividad la pesca en el término de Cáceres, ya que las corrientes de agua son escasas, solamente se podía pescar en charcas, en el Salor o en el Guadiloba y no en abundancia, y la pesca en el Tajo, por estar este rio a más de dos jornadas  de la población cacerense, El fuero, se cuida de asegurar el abastecimiento del pescado adehesando las pesqueras, llamando así a las presas de molino en los que se ensanchaba un remanso donde los peses se criaban, no en abundancia pero en cantidad apreciable. Estaba prohibido pescar en las pesqueras adehesadas, si no veinte estadales aguas arriba y dos estadales aguas abajo, salvo con anzuelo o butrón, pero nunca con redes, ni mucho menos envenenando las aguas.

El pescado tenía que ser vendido en el mercado de la Villa. Por el mismo pescador, su mujer o sus hijos, estando prohibido venderlo en viernes a los judíos.

Las colmenas eran una de las riquezas del campo cacerense, y a la que siempre se cuidó con esmero, siendo cuidada con gran atención, disposiciones precisas para su explotación viene contenidas en el Fuero Alfonsí, más, al adquirir los enjambres enorme prosperidad a partir del siglo XIII, las adiciones forales fueron las que proporcionan, nos dice el cronista, una más amplia información sobre su régimen.

Un colmenar se llamaba corral, majada o asiento de colmenas, y el vecino que quisiera establecerlo, por este solo hecho adquiría la propiedad del terreno en el que se asentara, prohibiendo que otro alguno pudiera establecer colmenas n el mismo lugar, ni a un tiro de piedra ni alrededor, siendo que si lo establecía tenía que pagar cuatro maravedis por noche, hasta que la desalojase.

Tambien existía una aparcería de colmenas, juntándose dos, tres o cuatro propietarios de enjambres en un solo corral, obligándose a todos ellos a cuidarlos por turno, el dueño de un colmenar, siempre que lo cuidase el mismo, estaba exento de pecha y facenda, llamándose colmenero a fuero, requiriéndose un mínimo de sesenta enjambres para gozar de esta calidad.

La miel, lo mismo que la cera, se vendían en el mercado de Cáceres, pudiéndose exportarse, más con la prohibición de llevarlas a tierra de moros.

(Fuente Floriano Cumbreño-Historia de Cáceres)

(Fuente Publio Hurtado-Castillos)

(Fuente Simón Benito Boxoyo-Noticias)

Agustin Díaz