XLI CAPITULO-BREVE HISTORIA DE CÁCERES-LA VIDA EN EL CAMPO (II)

                             BREVE HISTORIA DE CÁCERES

                                   XLI CAPITULOSIGLO XIII

La Vida en el Campo (II)

Crónica desdela calle CVuba de mi Llopis Ivorra

El huerto, es uno de los predios más protegidos, se cree que la vega de la Rivera del Marco, ya se aprovechaba como huertos en tiempos de moros, ya que algunos tramos de la acequia general presentaban caracteres de la obra almohade, ( entre estos puede observarse Fuente Fría, hecho en su base de una  argamasa similar a la de las murallas, sobre la cuales el siglo XV, se cargó la canalización hecha por los Reyes Católicos, el paso que abría paso a la fuente en la obra almohade, fue bárbaramente destrozado) a  raíz de la conquista la vega fue la parte que primeramente se colonizó, abriendo cueces para el regadío y abriendo presas y pesqueras para los molinos, ya aparecen las huertas nombradas en la Carta de Población, otorgando propiedad a los vecinos y prohibiendo su enajenación a extraños, como el prado y el alcacer, han de estar separados veinte estadales de la Villa y cercados , se penan los des trozos en las huertas con tres dineros por cada planta perjudicada, y se multaba a los molino si les retenían el agua.

Los Fueros de la villa Cacerense, presan  gran atención a las viñas, la región de Cima-Coa, (Portugal, perteneciente al reino de León, siglo XIII) el accidente de la Trasierra leonesa y la comarca cacerense al Sur del Tajo, debieron considerarse como tierra propia de cultivo de la vid, que según se arrimaba producida vinos de excelente  calidad y en relativa abundancia, esto de haberse cuidado la elaboración, es fácil que hubiera llegado a ser unas de las regiones vitivinícolas más importantes de España. Los vinos entraban en la ración de heredad, para gozar del coto y demás garantías forales habrían de tener una cabida superior a los veinte estadales y obligarse a los dueños a darle todas las labores necesarias de la cava, des cava, poda y bina cada año. La vendimia comenzaba el día de San Cipriano (26 de septiembre) multándose al que antes de esta fecha vendimiara, los daños que causasen los animales que entraran en las viñas a pacer los pámpanos se penaban con cinco sueldos por cada vid dañada, cortad una cepa se multa con cinco maravedis y con diez si le prendía fuego.

Era defendida la uva contra el robo y el daño, a quien se encontrara con uvas, tenia que justificar su procedencia, si un cerdo o una oveja o cabra eran hallados en viñas no vendimiadas el dueño de la viña, tenía derecho a matarlos, y si se encontraban a un perro, aunque a este no pudieran capturarlo, el dueño del perro tenía que pagar al de la viña, cinco sueldos y entregarle al animal para darle muerte, esta pena se aumentaban si el perro no llevaba garabato ( palo largo, terminado en callado, que se ataba por el cabo al cuello del perro, que servía de freno) , se le aumentaba la pena y tenía que apagar además una colodra de vino como indemnización. El rigor se extremaba en el hurto de la uva, que se penaba con cinco maravedis si el hurto era de día, pero si el robo era durante la noche el ladrón era ahorcado.

El problema mas interesante de la propiedad territorial rustica, es en la región cacerense es la dehesa, también tiene sus orígenes el adehesamiento en los Fueros, aunque no en los primeros momentos si se incorporan  un poco más tarde, el  desarrollo de la ganadería y el de la inmigración nobiliaria, las tierras llamadas germanas, son pedios que debían estar siempre juntas y pertenecer al mismo dueño, fueran o no colindantes, sus orígenes están en la propiedad patrimonial y en Cáceres fueron el punto de partida de los mayorazgos.

En el campo cacerense, se distingue por el Fuero, dos clases de productos, los forestales y los agrícolas, había gran cantidad de árboles, se nombra solamente dos especies, la encina y el alcornoque, más característico de la región, de abundante leña para los hogares, además de la  la bellota, se explotaba la madera para la construcción, las cascas empleada en las Tenerías, y el corcho que también servían para fabricar algunos muebles, se utilizaba para las colmenas y para pequeños recipientes y utensilios para el hogar,  se permitía y  hasta se recomendaba rozaren torno al arbolado para despejarlo y favorecer el crecimiento, pero estaba prohibido descortezarlo ni arrancar ramas.

Labrador, es todo hombre que trabaja la tierra, ya sea propia, y del señor por cuya cuenta trabaja, es seguro que en la inmigración de pobladores, anquen no se ponía limite a la adjudicación de las heredades, ya fueran de quadriella o ya del Concejo, no todos tomaron grandes extensiones como ración de heredad, ya que las adjudicación llevaban el compromiso de cultivarlas, o ponerlas en condiciones de ser aprovechables, muchos pobladores ricos, que se establecieron en Cáceres ,con sus familias y criazones y con intención de dedicarse a la ganadería, si adquirieron grandes posesiones ,sobre todo por la parte  Sur, para aprovecharlas con sus rebaños, en los alrededores de la Villa, a lo largo de la Ribera y la corriente del Salor y sus arroyos tributarios, asentaron labradores pobres o de mediano pasar, estos cogieron para roturar pequeños pedios, de extensión limitada, aunque suficiente para vivir de su producto ellos y sus familias, estos son los que trabajan tierra la tierra a su conta, y los que hacen de las “heréditas” un verdadero patrimonio familiar , después fueron llegando labradores ,no heredados, que al hallarse sin tierras y sin medios para comprarlas, tuvieron que ponerse a trabajar en las de los

herederos. 

.

 

Entre estos  labradores aparece en primer lugar el mediero, es aparcero labrador que realiza su trabajo en tierra ajena ,partiendo el producto con el señor de esta, en distintas proporciones, según la parte que tomara en el trabajo, había dueños de tierras, que además de aportarlas trabajaba junto a su mediero, y por el contrario habia medieros que no trabajaban directamente, si no que aportaba elementos de trabajo, tales como simientes, aperos, bestias y siervos inclusive, el Fuero protege solo al mediero que con su mano arare,  el cual no paga más que a la mitad de la pecha, está exento de fondadera y de apellido si es aldeano, no está obligado a dar más de media ochava a los junteros de su aldea, el mediero, tanto de Villa como de aldea, si tuviera bienes por valor de diez maravedis, ha de dar una cuarta de trigo para los andadores del Concejo, la aparcería en agricultura no debió estar muy extendida en el término cacerense, siendo cosa más bien de los particioneros pobres o de las viudas.

(fuente Floriano Cumbreño-Historia de Cáceres)

Agustin Díaz