HISTORIAS DE LA VILLA CACERENSE-LA VENIDA DE ISABEL I DE CASTILLA-V

30.05.2023 12:18

                        HISTORIA DE LA VILLA CACERENSE

                       LA VENIDA DE ISABEL I DE CASTILLA

                                                  V

Crónicas desde la calle Cuba de mi Llopis Ivorra

En el capítulo anterior veíamos:

Esto sucedía principalmente con el arbitrio conocido como “penas de ganados” este consistía en las multas que se le imponían al ganado que se entrasen a pacer en las dehesas ajenas, estas multas eran percibidas en parte por los propietarios de las heredades perjudicadas y en parte por el Concejo, produciéndose de continuo disturbios y disputas y querellas que no siempre terminaban en beneficio de la justicia.

Para las tasas de estas multas se echaba mano del Fuero Antiguo de Cáceres, más como las condiciones de vida y el sistema de moneda habían variado desde los tiempos de Alfonso IX, hasta el de los Reyes Catolicos, lo que daba pi a los continuos conflictos.

De manera que la justicia de Cáceres se encontró establecida con ley y antigua costumbre que tenía que aplicar, y por tanto cuando ganados menudos entraban en rebaños en pastos ajenos, tenían la obligación claramente indicado en el fuero, de coger dos cabezas, pena grande esta cuando el rebaño era pequeño como insignificante cuando el rebaño era cuantioso.

Más en cuestión de los ganados menudos, tenía una norma de actuar, y además sabían que su deber solo debía limitarse a cumplirla, sin ponerse a deliberar los justo e injusto de su aplicación, pero cuando el conflicto generaba un mayor grado de violencia era cuando el asunto se trataba de ganado de mayores.

En lo que no se ponían de acuerdo, era en los dineros con los  que habia que pagar, el dueño del terreno decía que, se trataba de dineros en oro, doblas o medias doblas, esta era la moneda de oro que en aquella época se acuñaba en el reino de Castilla, y que se les daba el nombre de dineros de oro por su semejanza con el Dinar de los árabes, por el contrario los dueños de los ganados decían que los pagos se debían hacer en dineros de plata sin que excedieran de una blanca y un dinero, más el cronista no nos dice el valor de esta moneda, eso si la moneda de menor valor que se acuñaba era el cuarto de real de plata.

Reclamación de los Judíos.

El odio a los judíos, sobre todo en los últimos siglos de la conquista o reconquista, llego al punto de cometerse contra ellos verdaderas tropelías y barbaridades, por sus creencias, o por las profesiones a que se dedicaban, el cronista dice que tambien por su conducta sin dar más cuenta a que se refería con eso de conductas, pero hay que tener en cuenta que la crónica es de 1479, por estas cuestiones se habían ganado las antipatías de todo el pueblo, no que no justifica que la justicia de la villa, sin motivos legales les exigieran sacrificios exagerados, tanto que la mayoría de las veces lo que se les pedían estaban por encima de sus posibilidades, como ejemplo la palabra judío cuando iba dirigida a un cristiano, se tomaba como insulto mayor, que como tal estaba castigado por las leyes forales, y el fuero cacerense es un claro ejemplo de ello, dice el Fuero:

*Nombre vedado, que dixiere a otro cornudo o fudundiculo o gafo o iuodio o traidor o a muger puta o zeguladera o gaffa peche quereloso V morabentinos  Et si negare el saluese con IIII e el quinto Et si jurare nolueri peche. ¡folio 33 del Códice! *

En otro sentido mucho más claro demuestra el odio antisemita por parte de los Regidores de la villa cacerense, que fue motivo de varias reclamaciones:

Dijeron la Aljama y Judíos de la villa, que constantemente recibían ofensas y agravios de la justicia Regidores de la Villa, sobre todo en los pechos y repartimientos, siendo cuestión esta que más perturbación les causaba, hasta el punto de que siendo la poblacion judía de 130 familias, 130 judíos casados, las cargas les ascienden o poco más o menos que a todos los vecinos de las villa, que por entonces contaba con 2000 vecinos,

Algunas reclamaciones nos dice el cronista que debieron ser exageradas, pero creo que le cronista un pelín antisemita parecía, donde no queda duda ninguna es en los dineros que pusieron para enviar peones a Alcántara, y aunque esta carga de debía de repartir entre todos los vecinos de la villa cacerense un total de 12.000 maravedis, solo los 130 judíos pagaron 4200 y el resto de la vecindad cristiana 7800, el resultado es que cada judío salió gravado en cuarenta maravedis, mientras la poblacion cristiano lo fue en tan solo tres maravedis.

Hubo otra reclamación a sus majestades los Reyes Catolicos, presentado en este caso por Diego Gómez de Torres, en calidad de Procurador de la Villa, no podía dejar de lado los abusos que se cometían, y mas aun que se cometían mermando la autoridad que la propiedad reyes le habían concedido y cuya defensa era de su obligación, que era lo que salvaguardaba la defensa en los derechos de los vecinos de la villa.

Y en primer lugar, recuerda diego Gómez de Torres, los derechos y deberes que como Procurador le señalan las Ordenanzas de los cargos Concejiles, entre las que se encontraba el poder entrar en los Regimientos que el Concejo celebraba para procurar y defender el bien de los vecinos de la villa, denunciando a continuación a los Regidores por no permitir que en sus ausencias o enfermedades, no permitiesen poner un sustituto que tuviese su cargo, con, lo que quedaría la villa siempre garantizada en sus derechos y no en los caprichos de los desmanes de los Regidores.

Los Regidores, extrayendo de los hechos que denuncia Gómez de Torres, demuestran que la presencia del tal Procurador no les importa lo más mínimo, desconociéndole su intervención en los negocios del Concejo, y en efecto Gómez Torres, ponen en conocimiento de los Reyes que, los Regidores en sus ausencias, incluso estando él presente, más haciéndole caso omiso, se atribuyen por si solos el hacer gastos en los fondos del Concejo, ordenanzas, arbitrios y repartimientos, en los servicios de Vela y Rondas, y hasta para la elección de los Alcaldes  no se le pide para nada su intervención, y son ellos y solamente ellos los que hacen y deshacen con notable perjuicio para los intereses y tranquilidad de la villa y sus vecinos.

Sobre los puntos expuestos reclamó solución Diego Gómez de Torres, mostrándose como celoso cumplidor del cargo que la Reina Isabel le confiriere en las primeras Ordenanzas, pero en la redacción de estas, segundas ordenanzas, en absoluta contradicción, se le reducen las atribuciones a este cargo, quedando limitadas tanto como los Regidores hicieran, pero dejándole una salida para poder cumplir con su deber, mandándole acudir con sus reclamaciones a la resolución soberana.

Estas tres reclamaciones fueron presentadas en el Concejo de Reyes, el cual y tras deliberar sobre ellas, ordenó a su Contador Mayor, Garci Franco, para que abriera investigación sobre lo reclamado, hablando sobre ello con los Regidores, Procuradores, e con ciertos diputados e ciertas personas del común de la villa.

Sucedió que Garci Franco, cumplió con lo mandado, reuniéndose con las personas mandadas y cumpliendo con la voluntad de sus majestades los Reyes, escuchando la opinión de todos, y con acuerdo unánime, resolvió proponer:

1º)

Que, conforme a la reclamación de Pedro Ximenez y Juan Gutiérrez, las dehesas se dieran en arriendos por dineros y no por terrazgos.

2º)

Que, no se diesen los medios legales para desempeñar las dehesas y propios del concejo que estaban empeñados.

3º)

Que, por los Reyes, se mandase tasar y determinar las penas de ganados.

4º)

Que, se den orden a fin que los repartimientos de Velas, Ronda y Maravedis, se hagan con justicia y regularidad.

5º)

Que, el Procurador de la villa, conserve sus derechos y pueda poner suplente en sus ausencias y enfermedades.

Vistas estas proposiciones, sus Católicas Majestades, de acuerdo con los señores del Concejo, redactaron las Ordenanzas.

(Fuentes Floriano Cumbreño-Cáceres villa)

(fuentes Publio Hurtado-Ayuntamiento)

Agustin Díaz Fernández